GANANCIAS FRUSTRADAS, ANTICÍPATE A ELLAS, MINIMÍZALAS

lucro cesante

Hoy sacaremos al estrado uno de los riesgos más graves y menos conocido para las empresas: El lucro cesante. Es definido según la terminología del art. 1106 del Código Civil como una lesión patrimonial consistente en la pérdida de un incremento patrimonial neto (una vez deducidos costes) que se haya dejado de obtener como consecuencia de un incumplimiento, ilícito o perjuicsegurio ocasionado o imputado a un tercero.

Aparte de esa identificación del lucro cesante con la ganancia frustrada o pérdida de beneficios, no se puede considerar que exista un verdadero concepto normativo de lucro cesante, como tampoco existe un concepto normativo de daño. En cambio sí se establecen pautas para su resarcimiento.

Se produce esta pérdida cuando el empresario sufre daños directos que interrumpen de forma temporal, total o parcial su actividad, por ejemplo un incendio, una explosión, una inundación, o daños indirectos como consecuencia de la disminución en la actividad y de ventas respecto a las esperadas por retrasos en la entrega de productos, penalizaciones contractuales o pérdidas de clientes entre otros. Éstos últimos son más fáciles de predecir que los primeros, pero difíciles de resolver. Además de esta pérdida, el empresario tiene que asumir gastos permanentes y variables.

Los gastos permanentes son aquellos que no dependen de la facturación de la empresa, el personal, algunos impuestos y tasas, trabajos, suministros y servicios exteriores, arrendamientos, reparación y conservación, publicidad o servicios bancarios. Por lo tanto estas partidas no se reducirían cuando se produjera una disminución de la facturación de la empresa a consecuencia de un siniestro.

Otros , por el contrario, se reducen respecto al presupuesto, en la misma relación en que disminuye la producción. Entre estos variables encontramos los gastos de transporte, compras, impuestos indirectos, comisiones-rapell de vendedores, etc.

Todavía identificamos un tercer grupo, aquellos que podríamos denominar semi-variables que se reducen en menor proporción respecto a la producción, tales como la energía eléctrica. Si en el momento de aplicar una Gerencia de Riesgos no se está seguro de si una partida de gasto es permanente o variable, lo recomendable es considerarlo como permanente y evitar el infraseguro.

La cobertura por parte de las aseguradoras tiene como objetivo mantener al empresario en el mismo “status” económico que tenía antes de producirse el siniestro. Y con ese fin, el seguro básico de lucro cesante cubre los daños directos que puedan ocurrir, tan difíciles de predecir, contribuyendo así a la continuidad de la empresa.

Se garantiza la suma de los gastos generales que el empresario considera permanentes después del siniestro y el beneficio neto. El sector asegurador ofrece soluciones mediante tres tipos de cobertura:

  • Indemnización diaria. Se pacta entre las partes la cantidad que figurará en las Condiciones Particulares de la Póliza.
  • En base a los gastos permanentes.
  • En base a los gastos permanentes más la pérdida de beneficios. Con los datos que el Tomador del Seguro informe a la Aseguradora.

Para cubrir los gastos variables es conveniente contratar un seguro complementario de daños, pero la póliza debe ser siempre a medida, teniendo en cuenta factores como el tipo de producción, proveedores, departamentos de la empresa involucrados, el plan de continuidad del negocio y de contingencia. La correduría de seguros como experto independiente presentará un presupuesto personalizado después de hacer un Análisis Objetivo para la empresa.

Fuente: elenabeser.com y elaboración propia

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